FRASE DEL DIA

-La opinion de otros, cuando procede de costumbres acatadas, carece de valor. ( Sócrates)

-Tanto si crees que puedes, como si crees que no puedes, estas en lo cierto. (Henry Ford)

-El no querer es la causa; el no poder el pretexto. (Séneca )

-Antes de que te crean, tienes que gustar. (Bob Kuperman )

-Estar preparado es importante, saber esperar lo es aún más, pero aprovechar el momento adecuado es la clave de la vida. (Anónimo)


-No hay inversion mas rentable que la del conocimiento. (Benjamin Franklin)

-¿Cuál es el primer deber del hombre?
La respuesta es muy breve: ser un mismo."
(Henrik Johan Ibsen )

-Puedes llegar a cualquier parte, siempre que andes lo suficiente. ( Lewis Carroll )



lunes, 19 de abril de 2010

Ayudas económica a Centros de la Red de Calidad Educativa (Valencia)

Solicitud de ayudas económicas para los centros docentes no universitarios que pertenecen a la Red de Centros de Calidad Educativa de la Comunitat Valenciana. Las ayudas tienen las siguientes finalidades:
1. Fomentar y promover la implantación de sistemas de gestión de calidad en los centros educativos, así como su evaluación y mejora continua.
2. Incentivar a los centros educativos que deseen implantar el sistema de gestión de calidad con el fin de conseguir la mejora continua de sus procesos y de sus resultados.
3. Promover la elaboración de proyectos tendentes a conseguir la mejora de la calidad en la gestión de los centros educativos.
Podrán solicitar estas ayudas los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos, que pertenezcan a la Red de Centros de Calidad Educativa de la Comunitat Valenciana con anterioridad a la fecha de publicación de la Orden de 23 de marzo de 2010.
Los centros adjuntarán la justificación del importe de la ayuda concedida a la justificación anual que deben efectuar de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 18 de mayo de 1995. Los centros privados concertados percibirán la ayuda otorgada, después de la justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió, la cual se podrá realizar de acuerdo con alguna de las modalidades contempladas en el artículo 69 del RD 887/2006, de 21 de julio.
El plazo de presentación de la justificación requerida concluirá a los 15 días hábiles de la publicación de la resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el DOCV nº 6247, de 16/04/2010.
Acceso directo a la pagina WEB para la tramitación.

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