FRASE DEL DIA

-La opinion de otros, cuando procede de costumbres acatadas, carece de valor. ( Sócrates)

-Tanto si crees que puedes, como si crees que no puedes, estas en lo cierto. (Henry Ford)

-El no querer es la causa; el no poder el pretexto. (Séneca )

-Antes de que te crean, tienes que gustar. (Bob Kuperman )

-Estar preparado es importante, saber esperar lo es aún más, pero aprovechar el momento adecuado es la clave de la vida. (Anónimo)


-No hay inversion mas rentable que la del conocimiento. (Benjamin Franklin)

-¿Cuál es el primer deber del hombre?
La respuesta es muy breve: ser un mismo."
(Henrik Johan Ibsen )

-Puedes llegar a cualquier parte, siempre que andes lo suficiente. ( Lewis Carroll )



miércoles, 29 de septiembre de 2010

NOVEDADES: Registro de Convenios Colectivos

ORDEN 37/2010, de 24 de septiembre, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se crea  el Registro de la Comunitat Valenciana de Convenios y  Acuerdos Colectivos de Trabajo.
Acceso directo a la disp.

Se trata de un registro administrativo de carácter público de funcionamiento através de medios electrónicos, que, como tal, en nuestra Comunitat Valenciana se rige por la Ley 3/2010, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana.
Se ha configurado un registro único pero con cuatro sedes o unidades, una en cada capital de provincia –que tendrá competencia para el registro de convenios y acuerdos de su ámbito provincial o inferior– y otra sede en los servicios centrales de la Conselleria de Economía, Hacienda y Trabajo, que tendrá competencia para el registro de aquellos cuyo ámbito territorial afecte a más de una provincia y siempre que no excedan del ámbito autonómico. La unidad del Registro se garantiza mediante el recurso de alzada que contra los actos y acuerdos de los titulares de dichas sedes o unidades se pueda interponer ante la Autoridad Laboral Autonómica de la que dependa el Registro.

miércoles, 22 de septiembre de 2010

NOVEDADES: MODIFICACION REGIMEN AUTONOMOS

Orden TIN/2445/2010, de 16 de septiembre, por la que se modifica la Orden de 24 de septiembre de 1970.

 Las personas incluidas en el campo de aplicación del Régimen Especial  de Trabajadores Autónomos podrán cambiar dos veces al año la base por la que viniesen obligadas a cotizar, eligiendo otra, dentro de los límites mínimo y máximo aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten de la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 1 de mayo, con efectos del 1 de julio siguiente, y antes del 1 de noviembre, con efectos del 1 de enero del año siguiente.

Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que estén cotizando por cualquiera de las bases máximas de este régimen especial podrán solicitar que, mientras mantengan su situación de alta en dicho régimen, su base de cotización se incremente automáticamente en el mismo porcentaje en que se aumenten dichas bases máximas.
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos que no estén cotizando por cualquiera de las bases máximas podrán solicitar que, mientras mantengan su situación de alta, su base de cotización se incremente automáticamente en el mismo porcentaje en que se aumenten las bases máximas de cotización de este régimen especial. En ningún caso, la base de cotización elegida podrá ser superior al tope máximo de cotización que pudiera afectar al trabajador.

Cualquiera de las opciones anteriores que se ejerciten simultáneamente con el alta en este régimen especial o, posteriormente al alta, antes del día primero de noviembre de cada año, tendrán efectos desde el día 1 de enero del año siguiente a la fecha de la solicitud. La renuncia a estas opciones podrá realizarse en el mismo plazo y tendrá efectos a partir del 31 de diciembre del año en el que se presente la solicitud.

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NUEVAS TECNOLOGIAS de gestion aplicadas a la Seguridad Social. Materiales didácticos.

En el enlace que destaco se puede encontrar tutoriales, videos explicativos y resúmenes relativos a la Tesoreria General de la Seguridad Social o del Ministerio de Trabajo.
Hay materiales sobre:
- Reforma Laboral
-Cotización a la Seguridad Social
-Sistema RED
-Sistema Cre@
-Nuevas tecnologias aplicadas a la gestion de la Seguridad Social

Acceso directo a los materiales.

lunes, 20 de septiembre de 2010

REFORMA LABORAL: PUBLICACION

Ha salido finalmente publicada la  "Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo."

La elaboración de esta reforma ha sido fuente de polémica durante los ultimos años, por su dilatada negociación en el tiempo y por la falta de acuerdo entre patronal y sindicatos. La elaboración de la ley se salda con la convocatoria de una huelga general para el próximo dia 30 de septiembre ( entre otros motivos) además de la anunciada dimisión del Ministro de Trabajo, don Celestino Corbacho.
Es recomendable leerse el preámbulo de la Ley. Tanto el contenido de la norma como su estructura ya ha sido objeto de comentarios anteriores.

ACCESO DIRECTO A LA DISP.

miércoles, 15 de septiembre de 2010

PROGRAMA APRENDER A EMPRENDER. Formacion pROFESIONAL.

Se abre el plazo para la solicitud de participación en el programa de aplicación de buenas prácticas en centros educativos de la Comunitat Valenciana, "Encuentro de Jóvenes para Aprender a Emprender", para la mejora de la empleabilidad y el talento empresarial del alumnado de Formación Profesional.
El programa tiene por objeto estudiar el alcance educativo de la referida buena práctica «Encuentro de Jóvenes para Aprender a Emprender» en el fomento de la empleabilidad y del talento empresarial del alumnado de Formación Profesional.
Todo ello con el objetivo último de mejorar las tasas de éxito en los centros que participan en el programa al tiempo que se minoran las tasas de abandono de tales enseñanzas a través de la mejora de la motivación del alumnado de Formación Profesional mediante actividades con un alto contenido vivencial, experiencial y de equipo.

La participación en dicho programa la tienen que solicitar los directores de centros educativos de la Comunitat Valenciana y el plazo es hasta el 30 de septiembre de 2010.

A traves del siguiente enlace se puede ver todo el procedimiento completo.Pulsar aqui.

miércoles, 8 de septiembre de 2010

Formularios. Gestion administrativa FCT.

La Orden 77/2010, de 27 de agosto, de la Conselleria de Educación, por la que se regula el módulo profesional de Formación en
Centros de Trabajo (FCT) de los ciclos formativos de Formación Profesional, de las Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño y de los Programas de Cualificación Profesional Inicial en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, prevé en su artículo 39 que es competencia de la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional publicar los documentos y modelos necesarios para la gestión administrativa del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo.

Acceso directo a la disp. y al formulario de FCT.

COMENTARIOS: Autónomos y mercado laboral.

Segun la la agencia de noticias de EUROPA PRESS "Los trabajadores autónomos trabajan 45,5 horas a la semana, frente al promedio de 38,6 horas del resto de los trabajadores, según datos facilitados hoy por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) extraídos de la Encuesta de Población Activa (EPA) del segundo trimestre de este año.Así, los autónomos trabajan casi siete horas más a la semana que los asalariados, siendo esta diferencia la máxima conocida en todas la series históricas de la EPA.
De hecho, el diferencial de horas trabajadas entre autónomos y asalariados se redujo en el segundo trimestre de 2008 a 5,8 horas, se elevó a 6,5 horas un año después y este año se ha situado en 6,9 horas.
En este sentido, UPTA recuerda que en el segundo trimestre de 2009 las horas semanales trabajadas por los autónomos eran 45,3, mientras que en igual periodo de 2008 eran 45 horas.
"La crisis está haciendo que el ya tradicional esfuerzo de horario de trabajo de los autónomos aumente progresivamente", concluyó la organización.
Digo yo, que desde luego este colectivo cumple por anticipado y con buena nota, la adaptacion al mercado laboral, que no necesita de ninguna ley o reforma de flexibilización al mercado laboral. 

martes, 7 de septiembre de 2010

Ayudas y subvenciones. Facturacion electronica, las e-facturas, negocio electronico.

ORDEN 13/2010, de 13 de agosto, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Publicas, por la que se regulan y convocan ayudas para las pequeñas y medianas empresas de la Comunitat Valenciana con objeto de promover la utilizacion del negocio electronico y, especificamente, fomentar la facturacion electronica (e-FACTURA), en el ejercicio 2010.
Son ayudas para la solución, plataforma o servicio que permita enviar y recibir facturas electrónicas en el formato XML (facturae, establecido por la administración general del Estado), permitiendo una fácil integración con los sistemas de gestión interna de la empresa (contabilidad, tesorería, gestión de almacén, etc.), así como el asesoramiento necesario para el análisis y posterior implantación de los elementos señalados, y la formación necesaria para su utilización.
Importe: Cada pyme solicitante no podrá resultar adjudicataria por importe superior al 90% de la cuantía que justifique; y, en todo caso, el importe de la subvención por pyme no superará la cuantía de 1.500 euros.
Ademas la Orden regula: Características, modalidad, procedimiento de concesión y gestión de las ayudas. Ámbito objetivo. Ámbito subjetivo.Importe. Exclusiones y denegaciones. Solicitudes. Lugar de presentación de solicitudes.Plazo de presentación de solicitudes.Documentación.Instrucción. Valoración. Criterios de valoración y de adjudicación de las subvenciones. Resolución.Recursos. Sistema y forma de pago de las subvenciones. Obligaciones de las personas y entidades beneficiarias. Sistema de justificación de las subvenciones.Documentación justificativa a presentar por la persona o entidad beneficiaria.Plazo de presentación de la justificación de las subvenciones. Dejación sin efecto, minoración y reintegro. Reintegro de cantidades percibidas.
http://www.docv.gva.es/portal/portal/2010/09/06/pdf/2010_9548.pdf

Vid tambien este enlace a el ministerio de industria, comercio y turismo.

lunes, 6 de septiembre de 2010

Evaluacion del alumnado en Ciclos Formativo de F.P.

ORDEN 79/2010, de 27 de agosto, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la evaluación del alumnado
de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo.

Esta orden regula entre otras cosas: Artículo 2. Proceso y sesiones de evaluación . Tipos y numero de sesiones de evaluación final. Documentos de evaluación. Promoción y permanencia.  Programa de recuperación de módulos profesionales no superados.  Módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT). Modulo profesional de proyecto. Calificaciones y reclamaciones.  Convocatorias y renuncias a examen. Convalidación del módulo de lengua extranjera inglés. Acceso a la universidad.

Acceso directo a la disposicion.

Ordenacion y organizacion academica en los Ciclos Formativos de Formacion Profesional.

ORDEN 78/2010, de 27 de agosto, de la Conselleria de Educacion, por la que se regulan determinados aspectos de la ordenacion y organizacion academica de los ciclos formativos de Formacion Profesional del sistema educativo en el ambito territorial de la Comunitat Valenciana.
La orden regula: La oferta de Formación Profesional. Acceso admision y matricula del alumnado.  Autorización de impartición de enseñanzas. Horario. Compatibilidad de la matrícula en los ciclos formativos de Formación Profesional y con otras enseñanzas. Evaluación, convalidación, promoción y permanencia. Cursos preparatorios de las pruebas de acceso.  Profesorado.  Tutorías.  Módulo profesional de Proyecto. Organización y coordinación del módulo profesional. Módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo.  Actividades del profesorado que no haya completado su horario lectivo o que queda liberado de horas de docencia cuando el alumnado está realizando o no el módulo profesional de FCT.

Acceso directo a la disp.